Si usted es ciudadano o residente permanente de los EE. UU. casado con una persona nacida en el extranjero, usted y su cónyuge pueden optar por vivir y trabajar permanentemente en los EE. UU. Para ello, su cónyuge debe obtener una tarjeta de residencia que establezca la residencia permanente legal. Establecer la residencia requiere pasar por un proceso con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS), que puede comenzar inmediatamente después de casarse.
Establecer que Existe una Relación Válida
El primer paso para obtener una tarjeta de residencia para su cónyuge es establecer que tienen una relación válida. Esto se puede hacer llenando el Formulario I-130, también llamado “Petición para Familiar Extranjero.”
Debe presentar los siguientes documentos con el Formulario I-130:
- Prueba de que usted es ciudadano o residente permanente de los EE. UU.: Puede incluir un pasaporte válido, certificado de nacimiento, certificado de naturalización, certificado de ciudadanía o informe consular de nacimiento en el extranjero.
- Prueba de que está casado: Debe incluir su certificado de matrimonio.
- Prueba de que los matrimonios anteriores han terminado: Puede incluir decretos de divorcio o anulación o certificados de defunción.
- Prueba de cambios de nombre: Puede incluir certificados de matrimonio, decretos de divorcio u órdenes judiciales.
- Prueba de que su matrimonio es genuino: Puede incluir contratos de propiedad o alquiler a nombre de ambos, documentación de cuentas corrientes conjuntas o certificados de nacimiento de hijos que tengan juntos.
Debe presentar la petición, todos los documentos de respaldo y una tarifa de presentación en la dirección indicada en las instrucciones de la petición. Si falta algo al momento de presentar, el USCIS enviará una solicitud de más información, lo que puede retrasar el proceso.
Proceso de Revisión del USCIS
El USCIS enviará un recibo de confirmación cuando reciba su petición y luego comenzará el proceso de revisión. El tiempo que tarda el USCIS en revisar su información y tomar una decisión depende de varios factores, por lo que no hay un plazo establecido en el que pueda esperar recibir una respuesta.
Mientras revisa su solicitud, el USCIS puede programarle una toma de datos biométricos, durante la cual pueden tomarle las huellas digitales y realizar verificaciones de antecedentes y seguridad. Usted y su cónyuge también pueden ser citados a una entrevista para verificar la autenticidad de su matrimonio.
Solicitar la Residencia Permanente
Después de la revisión, el USCIS enviará una notificación informándole si su petición fue aprobada o denegada. Que su petición sea aprobada no establece la residencia para su cónyuge nacido en el extranjero; solo reconoce que su relación es válida.
Su cónyuge también debe solicitar la tarjeta de residente permanente. El proceso de solicitud varía dependiendo de si usted es ciudadano o residente permanente y si su cónyuge está actualmente (y legalmente) en los EE. UU.
El Proceso si su Cónyuge Está Actualmente en los EE. UU.
Si usted es ciudadano de los EE. UU. y su cónyuge vive en los EE. UU., puede solicitar la residencia permanente al mismo tiempo que usted presenta el Formulario I-130. Si usted es residente permanente y su cónyuge vive en los EE. UU., debe esperar hasta que el Formulario I-130 sea aprobado y el USCIS emita un número de visa antes de solicitar la residencia permanente.
Para comenzar el proceso de residencia, su cónyuge debe completar el Formulario I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar el Estatus.
Junto con este formulario, su cónyuge debe presentar los siguientes documentos:
- Prueba de nacionalidad: Su cónyuge debe incluir una identificación con foto emitida por el gobierno de su país de origen.
- Certificado de nacimiento: Su cónyuge debe presentar una copia de su certificado de nacimiento, pero si no está disponible, puede presentar registros eclesiásticos, escolares o médicos y documentación que demuestre que el certificado de nacimiento no está disponible o no existe.
- Prueba de entrada legal a los EE. UU.: Su cónyuge puede incluir documentos como el Formulario I-94 Registros de Entrada/Salida o una página de pasaporte con sello.
- Registros de examen médico: Estos registros pueden presentarse al momento de la solicitud o después, y deben ser completados por un examinador médico aprobado por el USCIS.
- Registros policiales o judiciales: Si corresponde, su cónyuge debe presentar registros certificados de cargos criminales, arrestos y condenas.
- Prueba de apoyo financiero: Su cónyuge debe incluir el Formulario I-864, Declaración Jurada de Apoyo, que demuestre que usted será el patrocinador financiero de su cónyuge en los EE. UU.
La tarifa de presentación debe incluirse con el formulario y los documentos de respaldo.
El Proceso si su Cónyuge Está Fuera de los EE. UU.
Si usted es ciudadano o residente permanente de los EE. UU. y su cónyuge vive fuera de los EE. UU., debe esperar para comenzar el proceso de solicitud de residencia permanente hasta que el USCIS tenga un número de visa disponible. El USCIS enviará el número para su procesamiento y se le notificará cuando pueda solicitar una visa de inmigrante.
Parejas Casadas Menos de 2 Años
Después de que la solicitud haya sido aprobada, a su cónyuge se le emitirá una tarjeta de residencia. Si han estado casados por menos de 2 años, su cónyuge recibirá una tarjeta de residencia condicional válida solo por 2 años. Después de su segundo aniversario, usted y su cónyuge deben presentar el Formulario I-175, Petición para Eliminar las Condiciones de Residencia, dentro de los 90 días antes de que expire la tarjeta de residencia para que se levante el estatus condicional.
Parejas Casadas Más de 2 Años
Si han estado casados por más de 2 años cuando se apruebe la solicitud, su cónyuge recibirá una tarjeta de residencia válida por 10 años. Usted y su cónyuge simplemente deben solicitar la renovación de la tarjeta de residencia.
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