Como residente permanente (titular de tarjeta verde) o ciudadano, si tiene un familiar que aún está en su país de origen y desea mudarse a los EE. UU., puede que pueda patrocinar su petición de visa. Las visas de inmigración basadas en la familia pueden ayudarle a traer a un ser querido a los EE. UU.
Si desea patrocinar la solicitud de visa de un familiar, aquí hay algunas preguntas que debería hacerle a un abogado de inmigración basado en la familia en Connecticut.
¿Cómo se patrocina la petición de visa de un familiar?
Para comenzar el proceso, debe ser residente permanente o ciudadano de los EE. UU. y presentar el Formulario I-130 ante la oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS). Junto con su petición de patrocinio (Formulario I-130), también debe enviar cualquier documento de respaldo para probar su relación con el solicitante de la visa.
El USCIS aceptará o rechazará su petición. Si es rechazada, puede ajustar su petición inicial para corregir cualquier error y volver a enviar el formulario. Si es aceptada, el USCIS enviará su petición al Centro Nacional de Visas.
Cuando el Centro Nacional de Visas procese la petición, puede haber un período de espera dependiendo del tipo de visa que el solicitante pretenda solicitar. Las visas familiares ilimitadas califican para aplicación inmediata, pero las visas de preferencia familiar a menudo tienen lista de espera.
El solicitante debe aplicar en su consulado local de los EE. UU. en su país de origen. Cuando lleguen a los EE. UU., pueden solicitar su tarjeta de residente permanente.
Para asegurarse de completar correctamente la documentación y enviar la documentación adecuada para su petición de visa de patrocinio, debe consultar con un abogado de inmigración basado en la familia en Connecticut. Un abogado de inmigración experimentado puede ayudarle a reunir los documentos apropiados y revisar su petición para evitar los retrasos que conlleva un rechazo inicial.
¿Qué tipos de visas de inmigración basadas en la familia existen?
Estados Unidos ofrece dos categorías de visas de inmigración basadas en la familia: visas familiares ilimitadas y visas de preferencia familiar. ¿Cuál es la diferencia entre las categorías? Las visas familiares ilimitadas no tienen límite anual en el número de visas otorgadas debido a la relación cercana entre el inmigrante y el residente permanente o ciudadano. Por otro lado, las visas de preferencia familiar tienen límites anuales y lista de espera.
Visas familiares ilimitadas
Ciertos familiares califican para visas familiares sin límite ni lista de espera. Las visas familiares en esta categoría incluyen:
- Visas IR-1 para cónyuges
- Visas IR-2 para hijos menores de 21 años que no están casados
- Visas IR-3 para hijos adoptados en el extranjero
- Visas IR-4 para hijos extranjeros adoptados en los EE. UU.
- Visas IR-5 para padres de ciudadanos estadounidenses
Visas de preferencia familiar (cantidad limitada)
Las visas de preferencia familiar, también llamadas visas de Residente Permanente Legal (LPR), cubren relaciones familiares más extendidas y tienen límites de otorgamiento y listas de espera. Las visas de preferencia familiar incluyen:
- Visas F-1 de primera preferencia, limitadas a 23,400 otorgamientos anuales, para hijos solteros
- Visas F-2 de segunda preferencia, limitadas a 114,200 otorgamientos anuales, para cónyuges, hijos solteros y menores
- Visas F-3 de tercera preferencia, limitadas a 23,400 otorgamientos anuales, para hijos casados
- Visas F-4 de cuarta preferencia, limitadas a 65,000 otorgamientos anuales, para hermanos y sus cónyuges o hijos menores
Las leyes de inmigración son complejas, a menudo creando barreras para ciertas familias que desean vivir juntas en los EE. UU. Hablar con un abogado de inmigración conocedor en Connecticut puede ayudarle a desarrollar un plan para patrocinar a sus seres queridos en su camino hacia la residencia permanente o ciudadanía estadounidense.
Contacte a un abogado de inmigración experimentado en Connecticut
Para programar una consulta con un abogado de inmigración basado en la familia en Connecticut, contáctenos en las Oficinas Legales de James A. Welcome. Hablamos inglés y español para ayudarle a entender sus próximos pasos en la petición para patrocinar la inmigración de su familiar. Llámenos hoy al (203) 753-7300 o contáctenos en línea para programar una consulta.