La Secretaria de Educación de la administración Trump, Betsy DeVos, recortó formalmente la acción diferida para los beneficiarios de la llegada en la infancia (DACA) de más de seis mil millones de dólares en ayuda por coronavirus. La medida se produce mientras la administración continúa atacando a los inmigrantes utilizando el coronavirus como cobertura. El Título IV de la ley de educación superior, que autoriza la asistencia federal, considera elegibles para ayuda financiera a quienes pueden acceder a la ayuda que se describió en la Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica por Coronavirus. Además de los beneficiarios de DACA, algunos estudiantes que no son elegibles para la asistencia son estudiantes internacionales. “Los contribuyentes estadounidenses han apoyado durante mucho tiempo a los estudiantes estadounidenses que cursan educación superior y esta regla simplemente asegura la continuidad de esa política bien establecida”, dijo DeVos en un comunicado.
La regla final también excluye a quienes no están inscritos en un programa del título IV, no están en buen estado académico y aquellos que están en riesgo de incumplir sus préstamos estudiantiles. En abril, el departamento de educación anunció que se deben cumplir los requisitos de elegibilidad del Título IV para calificar para los 6 mil millones de dólares en fondos. La guía inicial no era vinculante, y algunas universidades anticipando una regla vinculante no liberaron fondos. Los defensores de inmigración criticaron la regla como discriminatoria y dejará a miles de estudiantes DACA sin los fondos necesarios cuando ya se encuentran en inseguridad financiera debido a la pandemia. Los estudiantes indocumentados también están en mayor riesgo de inseguridad alimentaria y de vivienda en comparación con otros estudiantes.
Varias universidades en California presentaron una demanda y solicitaron una orden judicial contra la guía. El Congreso no definió la calificación específica de los fondos, dejando al Departamento de Educación referirse al título IV como recurso.
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Fuente: https://www.law360.com/immigration/articles/1282423/